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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos niega el estatus jurídico al feto



Jano On-line
09/07/2004 08:14

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos rechazó hoy que el feto pueda tener un estatus jurídico propio en una sentencia por una denuncia presentada por una mujer francesa que contra la justicia de su país por no considerar que se había atentado contra el derecho a la vida del bebé que esperaba y que perdió durante su gestación por un error médico.

Por catorce votos contra tres, el Tribunal Europeo consideró que no hubo una violación del artículo 2 (derecho a la vida) de la Convención Europea de Derechos Humanos por parte de Francia. Según el Tribunal "el punto de inicio del derecho a la vida depende de la apreciación de los Estados". En el caso de Europa "todavía no se ha llegado a dar una solución a esta cuestión" y existe una "ausencia de consenso sobre la definición científica y jurídica del inicio de la vida", añade.

En el caso de Francia, afirma la sentencia, esta cuestión es objeto de debate actualmente. Sobre lo único que parece haber un consenso es en que "es la potencialidad de este ser y su capacidad de convertirse en una persona los que deben ser protegidos en nombre de la dignidad humana sin hacer por ello una persona (del feto) que tendría derecho a la vida en el sentido del artículo 2".

"El Tribunal está convencido de que no es ni deseable, ni incluso posible actualmente responder de forma abstracta a la cuestión de si el niño que va a nacer es un persona en el sentido del artículo 2 de la Convención", precisa la sentencia.

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